En términos internacionales de comercio existen unas normas de aceptación voluntarias para las dos partes (compradora y vendedora) que describen las condiciones de entrega de los productos. Son necesarias para delimitar responsabilidades. Hablamos de #INCOTERM "International commercial terms".
Es preciso establecer criterios sobre la distribución de gastos y transmisión de riesgos. Su principal ventaja consiste en simplificar, mediante 11 denominaciones normalizadas, las condiciones que tienen que cumplir las dos partes contratantes. Los #Incoterms se aplican únicamente en las compraventas internacionales de mercancía, y cabe decir que no regulan la forma de pago.
Los Incoterms regulan 4 aspectos: la entrega, la transmisión de riesgos, la distribución de gastos, y los trámites de documentos aduaneros.
Se agrupan en 4 categorías subdivididas a su vez en modalidades específicas.
“En definitiva, los Incoterms son unas normas ampliamente conocidas y utilizadas por los diferentes actores que participan en las operaciones de comercio exterior (exportadores, importadores, transportistas, transitarios, agentes de aduanas, bancos y compañías de seguros, etc.) y por ello deben conocerse en profundidad, para utilizarse correctamente y con ello evitar discrepancias entre las partes”
Este extracto sacado de #Wikipedia no es más que uno de los pasos a seguir ante las posibilidades exportadoras que, facilitadas a base de nueva tecnología, nos aportan estos nuevos tiempos de venta a través de Internet. Tanto si eres comprador como vendedor, más vale te pongas al día... a estas alturas no cabe ya sentir pánico de comprar o vender #Online, ¿verdad?
Moisés Zamora Bayo
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